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Acuerdo interclubes con el Yacht Club Como

El Club Náutico Sevilla alcanza su primer convenio internacional con la entidad italiana, por el cual los socios podrán disfrutar de sus instalaciones y servicios durante 30 días.

El Club Náutico Sevilla ha firmado su primer acuerdo de colaboración internacional con el Yacht Club Como de Italia, situado a los pies del lago homónimo del norte del país transalpino. Mediante el mismo, tal y como ocurre con los restantes clubes con los que se mantiene convenio de correspondencia, los socios del Náutico podrán disfrutar de sus servicios durante 30 días como titulares del mismo durante sus vacaciones o desplazamientos, para lo que sólo deberán presentar su carné, documento acreditativo de estar al corriente de las cuotas e informar previamente al club italiano.

Este convenio, similar a los que hay en vigor actualmente con otros clubes a nivel nacional, recoge las siguientes prestaciones/contraprestaciones:

  • Los socios del Club Náutico Sevilla que se hallen en tránsito en Como (Italia) podrán acceder y hacer uso de las instalaciones en las mismas condiciones que un socio del Yacht Club Como durante un tiempo máximo de 30 días.
  • Los socios del Yacht Club Como que se hallen en tránsito en Sevilla (España) podrán acceder y hacer uso de las instalaciones en las mismas condiciones que un socio del Club Náutico Sevilla durante 30 días en temporada baja.
  • Los socios correspondientes gozarán de los mismos derechos que los socios del club de visita, pudiendo utilizar todos los servicios del mismo y concurrir a reuniones, fiestas y actividades que se organicen durante su estancia en el club de destino.
  • Los socios que se encuentre bajo la cobertura del presente convenio deberán cumplir y respetar las normas propias del club de destino, tal y como lo marcan sus estatutos.
  • Los socios del Club Náutico Sevilla o del Yacht Club Como que deseen acogerse a este convenio habrán de presentar en la Secretaría del club de visita carné de socio y carta certificada por el secretario de su club indicado que pertenece al mismo y está al día de las cuotas sociales.
  • Si después de transcurrido el plazo de 30 días de estancia se prolongase, dicho socio habrá de satisfacer la cuota o cuotas de acceso a las instalaciones que le correspondan según las normas de cada club.

Más información Yacht Club Como 

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